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08/06/2011

España vendió armas a países del norte de África y de Oriente Próximo por un valor de más de 23 millones de Euros en 2010

Madrid / Barcelona. Egipto (2,5 millones de Euros), Libia (11,2 millones de Euros), Marruecos (4 millones de Euros) y Arabia Saudí (5,8 millones de Euros) han recibido armas españolas por un valor de más de 23 millones de Euros en 2010. En estos países, la población que se ha alzado reclamando cambios democráticos ha sido víctima de la represión ejercida por sus gobiernos. Esta situación pone en evidencia cómo el incumplimiento durante años de la ley de armas por parte del Gobierno Español ha podido tener consecuencias para la población civil de los países receptores.

Durante años se ha estado vendiendo material de defensa, otro material y productos de doble uso a los países del Norte de África y Oriente Próximo. Si bien es cierto que desde que se iniciaron las revueltas, se han tomado importantes medidas, algunas ya llegan tarde.

Las ONG de la campaña Armas Bajo Control, Amnistía Internacional, Fundació per la Pau, Greenpeace e In termón Oxfam, han entregado hoy a los miembros de la Comisión de Defensa del Congreso un primer análisis de las exportaciones españolas de armas en 2010 para que pidan explicaciones al gobierno sobre las ventas de armas realizadas y le exijan el cumplimiento estricto de la ley. El análisis ha sido realizado por el Instituto de Estudios sobre Conflictos y Acción Humanitaria (IECAH) a petición de las ONG.

Para las ONG, las conclusiones que se extraen de los datos que se desprenden del informe son:  

•    Las ONGs continúan reclamando que se denieguen, suspendan o revoquen las autorizaciones para aquellos destinos que claramente incumplen el artículo 8 de la Ley 53/2007 , acentuando el enfoque preventivo para evitar consecuencias irreparables. La revocación de dos licencias de exportación a Libia en febrero de 2011 marcan un buen precedente que debe seguir aplicándose.

•    Se mantienen todavía las dudas sobre los criterios últimos para definir la política de exportaciones y para determinar las autorizaciones y denegaciones en cada caso.

•    Respecto al Norte de África y Oriente Próximo, las ONGs pedimos que se mantengan los procesos de revisión, caso por caso, de todas las transferencias y exportaciones, tanto licencias ya autorizadas como las que se encuentren en proceso de autorización.

Otros destinos preocupantes

Además de los países del norte de África, España ha vendido armas a otros destinos preocupantes donde se da una acumulación y uso de una amplia gama de armas convencionales que pueden usarse para cometer y facilitar graves violaciones de derechos humanos. Los países receptores de material, en función de la Ley 53/2007, no podrían figurar como clientes de España en este terreno. Entre las transferencias más preocupantes, a parte de las antes citadas del norte de África y Oriento Próximo, destacan las realizadas a Israel (1,4 millones de Euros), Colombia (29,1 millones de Euros), Estados Unidos (75,2 millones de Euros de los cuales, un 75,25% a empresas privadas) o Pakistán (0,4 millones de Euros).

También preocupa la venta de material policial y armas de caza y tiro deportivo en países como Ghana (1,5 millones de Euros en cartuchos de escopeta), Guinea Bissau (1,3 millones de Euros en material de caza y cartuchos), Líbano (1,5 millones de Euros en escopetas de caza y cartuchos),  

Algunos aspectos positivos

Por otro lado, las ONG acogen con satisfacción  la voluntad por detallar en mayor medida las operaciones en material de defensa por un importe superior a los 10 millones de euros, así como las de otro material y productos y tecnologías de doble uso.

Igualmente es bien recibido el detalle de las razones que llevan a denegar algunas operaciones. Sin embargo siguen demandando que se aplique el mismo criterio de nivel de información para el resto de las operaciones.

 

Nota:

* (…) Las solicitudes de autorización serán denegadas y las autorizaciones, a las que se refiere el artículo 4, suspendidas o revocadas, en los siguientes supuestos: a) Cuando existan indicios racionales de que el
material de defensa, el otro material o los productos y tecnologías de doble uso puedan ser empleados en acciones que perturben la paz, la estabilidad o la seguridad en un ámbito mundial o regional, puedan exacerbar tensiones o conflictos latentes, puedan ser utilizados de manera contraria al respeto debido y la dignidad inherente al ser humano, con fines de represión interna o en situaciones de violación de derechos humanos, tengan como destino países con evidencia de desvíos de materiales transferidos o puedan vulnerar los compromisos internacionales contraídos por España. (…).